Tras meses de baja, llega el alta o la cita con el tribunal médico y surge la misma preocupación: sigues sin poder concentrarte, dormir o sostener el ritmo de tu puesto, pero el informe solo dice «depresión».
La depresión e incapacidad permanente pueden estar relacionadas si existen limitaciones graves, duraderas y acreditadas que impiden trabajar. El diagnóstico aislado no basta: el INSS valora la capacidad funcional, las exigencias del puesto y las pruebas médicas.
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Qué valora el INSS en depresión e incapacidad
El INSS valora limitaciones funcionales : dificultades concretas para trabajar, no solo el nombre del trastorno.
Síntomas ligados a cada profesión
El informe debe relacionar insomnio, déficit de atención, apatía o ansiedad con tareas reales, pues no exige lo mismo una oficina que conducir, manejar maquinaria o atender a personas dependientes.
Síntoma acreditado Límite laboral Puestos afectados Atención muy baja Errores sostenidos y dificultad para seguir órdenes Administración, caja, laboratorio Insomnio y fatiga intensa No mantener turnos o ritmo regular Sanidad, industria, hostelería Ansiedad intensa Bloqueo ante presión o trato continuado Ventas, atención al público, mandos
Cuando el diagnóstico no basta
La depresión crónica exige acreditar evolución, recaídas, tratamientos probados y escasa capacidad laboral residual; la ansiedad, el dolor crónico o los efectos de la medicación deben valorarse conjuntamente.
Para obtener una incapacidad permanente por depresión no basta con acreditar el diagnóstico y las limitaciones: también deben cumplirse los requisitos de afiliación, alta o situación asimilada al alta y, cuando la causa sea una enfermedad común, el período mínimo de cotización que corresponda. La cotización exigida varía según la edad y el grado solicitado; en cambio, si la incapacidad deriva de accidente, sea o no laboral, o de enfermedad profesional, por regla general no se exige un período previo de cotización.
Por ello, antes de presentar la solicitud conviene comprobar la vida laboral y la base reguladora aplicable, ya que el INSS analiza tanto la situación médica como los requisitos administrativos de acceso a la pensión.
Grados y cuantía: del 55 % al 100 %
La total impide la profesión habitual y suele pagar el 55 % de la base reguladora; la absoluta impide cualquier trabajo regular y suele alcanzar el 100 %.
Grado Trabajo impedido Cuantía orientativa Ejemplo con base de 1.500 € Parcial Reduce al menos un 33 % el rendimiento Indemnización a tanto alzado 24 mensualidades de base reguladora Total Profesión habitual 55 %, o 75 % en supuestos concretos 825 €, o 1.125 € Absoluta Cualquier profesión 100 % 1.500 €
El aumento al 75 % desde 55 años
La total puede subir al 75 % desde los 55 años si existen especiales dificultades reales para encontrar otro empleo.
Baja, discapacidad y pensión son distintas
La baja cubre una recuperación temporal y la discapacidad puede abrir apoyos, pero ninguna concede por sí misma una pensión del INSS.
Recorrido habitual de la solicitud
1. Solicitud INSS y documentos
2. EVI Valoración médica
3. Resolución Concede o deniega
4. Recurso Previa y juzgado
Pruebas y trámite ante EVI, INSS y juzgado
La prueba más útil une historia clínica, tratamiento y tareas reales del empleo; el EVI propone la decisión al INSS.
Documentos que acreditan el límite
Informe de psiquiatría con evolución, recaídas, tratamiento y pronóstico. Informe psicológico sobre atención, estrés, sueño y autonomía. Historial de bajas, medicación y efectos adversos. Descripción de tareas, turnos, riesgos y responsabilidad del puesto. Vida laboral y resoluciones previas, si existen.
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Qué decir en el tribunal médico
Explica qué sucede en un turno normal: olvidos, bloqueos, errores, pausas necesarias o imposibilidad de acudir con regularidad.
El procedimiento puede iniciarlo el propio INSS, la mutua en determinados supuestos o la persona trabajadora mediante solicitud, acompañando informes clínicos y profesionales. Tras revisar la documentación, el INSS puede citar a reconocimiento ante el EVI, conocido habitualmente como tribunal médico, que emite una propuesta sobre las secuelas, el grado y la profesión habitual. La resolución debe indicar si concede o deniega la prestación, la cuantía, la fecha de efectos y, si procede, el plazo de revisión.
Si se deniega la pensión por incapacidad o se reconoce un grado insuficiente, normalmente debe presentarse reclamación previa ante el INSS en 30 días hábiles; si se desestima de forma expresa o por silencio, puede acudirse al Juzgado de lo Social dentro del plazo legal.
Ante el tribunal médico conviene describir una jornada habitual con hechos concretos y comprobables: cuánto tiempo puede mantenerse la atención, qué ocurre ante una orden simultánea, si hay errores, crisis de ansiedad intensa, ausencias, necesidad de pausas o dificultad para relacionarse con clientes y compañeros. Es más útil explicar que la medicación produce somnolencia o que las recaídas depresivas han motivado bajas y cambios de tratamiento que afirmar únicamente que se tiene depresión.
También es importante llevar informes recientes de psiquiatría y psicología, conocer las tareas esenciales del puesto y responder con claridad y sinceridad. La finalidad no es convencer con frases generales, sino mostrar cómo las limitaciones funcionales afectan de forma sostenida a la capacidad laboral residual.
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Errores al pedir o recurrir la incapacidad
Pedir la pensión solo por tener depresión falla si no se acredita su impacto concreto, estable y relevante sobre el empleo.
Confundir incapacidad con discapacidad
La discapacidad mide barreras y necesidades sociales; la incapacidad permanente analiza la capacidad para trabajar.
Dejar pasar los plazos
Guarda la resolución y actúa pronto, porque los plazos de reclamación y demanda suelen ser breves.
Este criterio no sustituye una valoración médica y jurídica individual. Puede no aplicarse si la depresión está controlada, no causa límites laborales relevantes y duraderos, o el problema para trabajar deriva sobre todo de una situación temporal sin patología acreditada. Una baja por depresión no es, por sí sola, una incapacidad permanente.
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Dudas habituales
¿Cuándo dan incapacidad por depresión?
Cuando las limitaciones persisten pese al tratamiento y afectan de forma probada al trabajo.
¿Cuánto se cobra por depresión?
La total suele ser el 55 % de la base reguladora y la absoluta, el 100 %.
¿La depresión y ansiedad dan más grado?
Pueden reforzar el caso si ambas causan límites duraderos acreditados; no suman porcentajes automáticamente.
¿Tengo minusvalía por depresión?
Puede reconocerse discapacidad según baremos, pero ese porcentaje no obliga al INSS a conceder pensión.
¿Puedo trabajar con una incapacidad total?
Sí, con trabajos distintos de la profesión que originó la pensión y compatibles con las limitaciones reconocidas.
¿Pueden revisarme la incapacidad?
Sí, por mejoría, empeoramiento o error de diagnóstico, en la fecha que indique la resolución.
¿Qué plazo tengo para recurrir una denegación?
Habitualmente, 30 días hábiles para la reclamación previa y otros 30 para la demanda social.
Cuándo actuar para proteger tu pensión
Actúa cuando los síntomas persisten, el tratamiento no permite recuperar el rendimiento y puedes probar su impacto en tareas concretas. Reúne informes antes de la cita del EVI y revisa cualquier resolución sin demora.
Fuentes de interés
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